Fuente: Urgente24 – La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el mínimo para emitir facturas de crédito electrónicas. Cuál es el nuevo límite.
En las últimas horas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha ejecutado una serie de determinaciones. Donde además de haber resuelto la suspensión de las percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias para la importación de insumos por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que posean el «Certificado MiPyME», también ha llevado a cabo una revisión del umbral mínimo para la emisión de facturas de crédito electrónicas.
Conforme a lo comunicado por el organismo de control mediante su sitio web www.afip.gob.ar, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo ha procedido a la actualización de los montos correspondientes a las ventas totales requeridas para obtener la categoría de Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MiPyme).
Esta determinación, emitida por la mencionada entidad, también implica una revisión del monto mínimo a partir del cual las compañías se ven obligadas a emitir una factura de crédito electrónica, estableciéndose en $1.357.480.
La aplicación de este nuevo valor comenzó a regir desde el 12 de abril de 2024 para todas las facturas emitidas a partir de esa fecha.
La institución fiscalizadora enfatiza que el propósito del Régimen de Factura de Crédito Electrónica radica en fomentar un mecanismo que optimice las condiciones de financiamiento para las empresas de menor escala, posibilitándoles incrementar su eficiencia operativa.
Esto se logra a través de la anticipación en el cobro de créditos y documentos pendientes emitidos a sus clientes y/o deudores.
AFIP habilitó una nueva forma para pagar el monotributo: De qué se trata
El monotributo en Argentina presenta un sistema simplificado de tributación dirigido a pequeños contribuyentes, quienes pueden abonar una cantidad fija mensual que incluye varios impuestos. Esta modalidad simplifica la gestión administrativa para muchos emprendedores. Recientemente, se ha implementado en AFIP una nueva alternativa de pago.
De acuerdo con los datos facilitados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, los abonos del Monotributo pueden efectuarse mediante diversos medios. Estos incluyen:
- Se puede acceder mediante clave fiscal al servicio «Presentación de DDJJ y Pagos» o «CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos», o mediante el Portal Monotributo. En el servicio «Presentación de DDJJ y Pagos», se debe seleccionar «Nuevo VEP» y completar los datos requeridos, utilizando la relación Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.
- Los contribuyentes asociados a cooperativas de trabajo pueden pagar a través de entidades bancarias y de pago autorizadas, utilizando el formulario F. 155 y consignando la misma relación Impuesto-Concepto-Subconcepto.
- Además, se ha establecido un beneficio excepcional para el año 2024, según lo dispuesto en el Decreto N.º 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificaciones. Según lo establecido, se considerará que han cumplido con los requisitos cuando hayan abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales de al menos 10 períodos mensuales, utilizando alguna de las modalidades de pago dispuestas en la Resolución General N.º 4.309, sus modificaciones y complementarias.