Fuente: iProfesional – El Ministerio de Trabajo pagará parte del salario de trabajadores de pymes que empleaban en negro, las fiscalizaron y tienen que inscribirlos
El Gobierno dará un subsidio a pymes de hasta 5 trabajadores que regularicen a empleados no registrados, el que consistirá en el pago de parte del salario en blanco por 3 meses.
Por la Resolución 596/2023, el Ministerio de Trabajo crea el Programa de Apoyo a la Registración laboral (PAR), que se aplicará exclusivamente para empleo no registrado que se detecte a través de fiscalizaciones.
El Gobierno también brindará un seguro de desempleo a trabajadores que, luego de una fiscalización en la que se detecte que no estaban registrados, intimen al empleador para pagar las deudas y multas correspondientes, y a raíz de esto, resulten despedidos.
Para que esté operativo el subsidio, se debe esperar a que el Ministerio de Trabajo establezca los mecanismos presenciales o electrónicos correspondientes; el requisito a cumplir será la presentación del acta de inspección, el alta temprana de los empleados que no estaban registrados y un formulario de adhesión.
Qué es el Programa de apoyo a la registración
El PAR se implementará en el marco del Plan nacional de regularización del trabajo (PNRT) y contendrá 2 componentes:
1. Componente Registración Laboral: promoverá la regularización y registración de trabajadores detectados como no registrados en acciones de fiscalización en empresas de hasta 5 trabajadores.
2. Componente Seguro por Desempleo: incluirá como destinatarios/as del seguro por desempleo a trabajadores no registrados detectadas en las acciones de fiscalización y que posteriormente resulten despedidos por sus empleadores.
El seguro de desempleo cubrirá los despidos de empleados que litiguen después de una fiscalización
Quiénes recibirán subsidios por el Programa de apoyo a la registración
El Componente Registración Laboral tiene como objetivo fomentar la registración laboral mediante el otorgamiento de un subsidio que apoye la contratación laboral.
En el Componente Registración Laboral del presente Programa podrán participar:
- Trabajadores mayores de 18 años que hubieran sido constatados con trabajo no registrado, por los procedimientos de autoridad nacional, provincial o municipal competente.
- Empresas de hasta 5 empleados, que hayan registrado la relación laboral del trabajador con posterioridad a un procedimiento de fiscalización.
Los empleadores o las empleadoras podrán adherir al Componente de Registración Laboral por única vez.
Cómo se cobrará el subsidio del Componente de Registración Laboral
Los trabajadores que sean incorporados por un empleador en el Componente Registración Laboral percibirán, en forma directa e individualizada, una ayuda económica mensual a cargo del Ministerio de Trabajo, durante 3 períodos mensuales continuos.
El Componente Registración Laboral pagará una parte del salario durante 3 meses
Los empleadores que adhieran al Componente Registración Laboralpodrán contabilizar como parte del salario, la ayuda económica mensual y abonarán a los trabajadores contratados, como mínimo, la diferencia con el salario de la categoría laboral que corresponda, de acuerdo con normas legales y convencionales.
Cómo se realizará la solicitud de adhesión al subsidio sobre el salario
La solicitud de adhesión al beneficio se podrá hacer desde el tercer mes de registrada la relación laboral, la cual deberá ser por tiempo indeterminado.
Al momento de solicitar su adhesión, los empleadores deberán presentarse con una copia del acta de inspección, siempre y cuando la inspección no haya sido realizada por la Subsecretaria de Fiscalización del Trabajo, copia del alta temprana del trabajador o trabajadora y el formulario de adhesión a ese componente del PAR.
Qué cobran los empleados que resulten despedidos por una fiscalización
Para establecer la cuantía de la prestación por desempleo para trabajadores convencionados o no convencionados que no cuenten con declaración de remuneración mensual, normal y habitual, se considerará el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
Serán destinatarios de la prestación por desempleo los trabajadores relevados como no registrados mediante inspecciones, que no sean regularizados y resulten posteriormente despedidos.
Se entenderán en «situación legal de desempleo» a trabajadores en negro encontrados por una fiscalización, que intimen a los empleadores a través de telegramas a regularizar la relación laboral y a reconocer los periodos no registrados, su real fecha de ingreso y su real remuneración, y que resulten despedidos.
La ANSeS podrá establecer los mecanismos necesarios para garantizar las prestaciones médico asistenciales a los trabajadores que accedan a la prestación por desempleo en el marco de este programa.