Fuente: Clarín – Una semana antes de la entrada en vigencia de nuevas tasas de interés aplicadas a las deudas relacionadas con la AFIP, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) le pidió al ministro de Economía, Luis Caputo, que excluya de estos nuevos ajustes a las pequeñas y medianas empresas.
“Al momento del vencimiento impositivo la pyme ve si tiene los fondos o no para afrontar el pago. En caso de no tenerlos la única solución es entrar en mora con el organismo de recaudación”, dijo el presidente de CAME, Alfredo González.
Por medio de la Resolución 3/2024, el Ministerio de Economía de la Nación procura evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático.
«Esta premisa es errónea cuando se trata de la MiPyme», expuso la CAME «Para financiarse, las grandes empresas hacen un comparativo entre la tasa que cobra AFIP y las tasas bancarias. Esa modalidad no es ejercida por las pymes, debido a que no tienen la posibilidad de contar con un acceso rápido y simple al crédito bancario».
En la CAME resaltaron que si bien, las nuevas tasas están por debajo de la inflación mensual proyectada, el impacto será fuerte para las pequeñas y medianas empresas.
Cuáles serán los nuevos intereses resarcitorio y punitorios que cobre la AFIP
La AFIP sacó del congelador a las tasas que les cobra a sus contribuyentes por atrasos en los cumplimientos. Desde febrero, el organismo actualizará las tasas de intereses resarcitorio, punitorios y de repetición de tributo. Además, adelantó que luego ésta se ajustará cada dos meses.
Por medio de la resolución 3/2024, publicada en el Boletín Oficial, el organismo que encabeza Florencia Misrahi incrementó, a partir del 1° de febrero, las tasas de intereses resarcitorio, punitorios y de repetición de tributo que cobrará la AFIP y establece un sistema de actualización bimestral.
Según los considerandos de la medida, el Ministerio de Economía ajustó las tasas a fin de estimular la cancelación en término de las obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático.
Las nuevas tasas siguen por debajo de la inflación de diciembre y enero, pero resultan menos negativas para los contribuyentes. En concreto, la resolución establece que «la tasa de interés resarcitorio mensual, vigente en cada bimestre, será equivalente a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre».
El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, afirmó que esto llevaría la tasa de intereses resarcitorios poco más del 15% mensual
Por otro lado, la tasa de interés punitorio mensual, «será equivalente a una coma cinco (1,5) veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre». Esto, según los cálculos de Domínguez, implica una tasa de 18% mensual.
Por último, el organismo estableció que la tasa de interés aplicable a la repetición de tributos y a los supuestos de devolución, reintegro o compensación de los impuestos, «será la efectiva mensual surgida de considerar el promedio de la tasa publicada por el Banco Central de la República Argentina en el apartado “Tasas de interés por depósitos a 30 días de plazo en entidades financieras” para el período de treinta (30) días finalizado el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre».
Es decir, que la tasa pasó de ser fija y menor al 4% mensual, a variable a lo que hoy representa un 9,1%. Al respecto, Domínguez señaló: » Sin duda, las tasas vigentes hasta el 31 de enero de 2024 son tasas reales negativas muy alejadas de la inflación actual. Esto genera que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen ya que el costo de la mora es bajo, afectando las cuentas públicas».
«Sin embargo, el contexto económico actual y alta presión fiscal que existe en la Argentina genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados de cumplir con sus obligaciones en término Y un incremento casi al triple de los intereses resarcitorios, puede afectarlas aún más», sumó el especialista.