El DNU de Milei protege al trabajador porque elimina definitivamente la «industria del juicio»

Fuente: IProfesional – El economista y empresario pyme analiza cómo el decreto de desregulación trae implicancias beneficiosas para el empleo y acota el riesgo de contingencias

La industria del juicio es un derivado de lo que llamamos «hipertutela» laboral. Es una deformación pues, lejos de proteger, lástima y deteriora el trabajo.

La indemnización por despido es un instituto diseñado para proteger al trabajador en caso de «despido arbitrario». Así lo reconoce el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Sin embargo, con el paso del tiempo, no sólo se «lavó» el concepto de «arbitrario» sino que se agregaron nuevos costos al despido que, pese a la intención (supuesta) de proteger al trabajador, lo perjudicaron seriamente.

Así nace lo que en el mundo Pyme denominamos «la industria del juicio». Un mecanismo por el cual abogados laboralistas fomentan el inicio de juicios laborales como estrategia negociadora para aumentar el monto indemnizatorio, ante el caso de un despido real o simulado.

En los años ‘90, la ley 24.013 (ley de empleo) incorporó multas por mal registración y empleo en negro. Dichas multas elevaban el monto pretendido en un reclamo. Dicho monto genera la expectativa negativa a las empresas para contratar personal, aumenta el pasivo contingente lo cual disminuye la solvencia de la empresa y genera una falsa expectativa de ingresos para el trabajador.

Por ejemplo, en el caso de un trabajador con diez años de antigüedad, cuyos ingresos fueran $200.000, si fuera despedido arbitrariamente su indemnización debería ser ($200.000 x 10) + ($200.000 x 2) = $2.400.000. El honorario del 20% del abogado sería $480.000

Un reclamo basado en las multas de la ley de empleo más conceptos inventados y opacos podría llevar este reclamo a no menos de $10.000.000. El 20% de 10 millones es dos millones, un número más atractivo que los $480.000 iniciales.

Los abusos en los juicios laborales se transformaron en un freno al empleo y pusieron a las pymes en situación de riesgo

Los abusos en los juicios laborales se transformaron en un freno al empleo y pusieron a las pymes en situación de riesgo

Consecuencias de la «industria del juicio»

El atractivo del honorario y el atractivo del reclamo es el origen de lo que llamamos «industria del juicio».  Luego las negociaciones llevan a reducir las pretensiones, «sacar del análisis las multas» y lograr un punto de acuerdo lejos de lo legal y también lejos de lo reclamado disparatadamente.

¿Qué logra la industria del juicio?

* Desánimo para la contratación.

* Contratación sin riesgo, «gente amiga», «parientes», etc.

* Empresas que no desean crecer.

* Por lo tanto, menor demanda de trabajo, menor salario, mayor desprotección para quienes se pretendía proteger.

* Desconfianza en la justicia toda vez que sólo el 2% de los juicios laborales son ganados por las empresas.

* Consolida una frase tristemente célebre «el peor arreglo siempre es mejor que el mejor juicio».

Un cambio que fomenta el empleo

El Título IV «Trabajo» en el artículo 53 del DNU de desregulación 70/23 elimina todas las multas previstas en la ley de empleo. Sin titubear elimina definitivamente la causa principal de la industria del juicio.

Además, el DNU tiene otras contribuciones muy importantes para generar más empleo y eliminar el riesgo de juicios innecesarios.

El artículo 68 establece que «la presunción de existencia de contrato de trabajo no será de aplicación cuando la relación se trate de contrataciones de obras y servicios profesionales o de oficios y se emitan recibos o facturas correspondientes a dichas formas de contratación».

El DNU anunciado por Javier Milei elimina multas y estimula el empleo colaborativo entre autónomos

El DNU anunciado por Javier Milei elimina multas y estimula el empleo colaborativo entre autónomos

Esto quiere decir que a partir del DNU no hay riesgos al contratar remises, pintores, contratistas privados de obras, maestros particulares, pasea perros, cuadrillas de servicios, fleteros, servicios de mantenimiento externos, asesores, gestores, etc.

El hecho de extender una factura elimina el riesgo de juicios laborales por supuesta presunción de existencia de contrato de trabajo.

Para completar el punto, el Capítulo VIII «De los trabajadores independientes con colaboradores» en el artículo 96, se establece que «el trabajador independiente podrá contar con hasta cinco (5) trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo… «sin que exista vínculo de dependencia entre ellos».

Este artículo es maravilloso porque a la vez de eliminar el riesgo de juicios, fomenta el trabajo en equipo sin mayores costos, lo cual a su turno puede convertirse en una pyme formal. Fomenta el trabajo en grupo, sin riesgo de que el diablo meta la cola.

Sinergias positivas

La desregulación total genera sinergias positivas. La eliminación de las multas resta el incentivo al pleito, la eliminación de la presunción (con el uso de factura), fomenta contrataciones y tercerizaciones, la posibilidad de trabajar con colaboradores fomenta más trabajo y más asociación. El hecho de que «la factura» sea el garante de estas relaciones a su vez fomenta la formalización. Por tanto, si haces las cosas bien y en blanco el riesgo de juicios es cercano a cero.

Nuevamente, con la industria del juicio seriamente limitada, herida de muerte, se consolida una condición necesaria para encarar nuevos proyectos, asociaciones, trabajos en equipos, contrataciones ocasionales. Todo lo que se haga en blanco será prácticamente libre de riesgo.

Los bancos y el sistema financiero ya no verán a las pymes como empresas carcomidas por el pasivo contingente. Los juzgados laborales ya no serán los cementerios de las pymes.

Y lo más importante, los trabajadores estarán protegidos por la fuerza protectora más fuerte y consolidada que es la oportunidad y la demanda de trabajo. Cuanto más demanda de trabajo, más protección. El conflicto sólo destruye, el trabajo se protege con oportunidad.

 (*) Gustavo Lazzari es economista y empresario pyme

La necesaria reforma laboral

Fuente: La Nación – Es preciso estimular la contratación de trabajadores y evitar que un simple despido, por su elevado costo, pueda provocar la quiebra de una empresa.

Durante la desastrosa gestión presidencial de Alberto Fernández se siguió perdiendo una oportunidad para avanzar hacia una necesaria modernización de las relaciones laborales, que incentive las condiciones para generar más puestos de trabajo. En cambio, su período gubernamental transcurrió en medio de prohibiciones de despidos y duplicaciones de indemnizaciones laborales, con el pretexto de la pandemia, y en los últimos tiempos, con estériles discusiones acerca de una reducción de la jornada laboral.

Frente a la nueva etapa política que se ha iniciado, es menester comprender que no se protegerá al trabajador prohibiendo los despidos ni imponiendo indemnizaciones que terminen siendo impagables para muchas pequeñas y medianas empresas, que verían hipotecada su capacidad patrimonial y serían presas de la vil industria de los juicios laborales.

La mejor forma de proteger a los trabajadores es alentando su contratación, brindando seguridad jurídica y previsibilidad económica, y promoviendo incentivos impositivos para la creación de empleos en el sector privado.

La informalidad laboral castiga a más de cuatro de cada diez trabajadores argentinos, al tiempo que el número de trabajadores informales supera al de los empleados registrados en el sector privado.

El presidente Javier Milei se ha pronunciado a favor de una modernización laboral desde el comienzo de su campaña electoral y acaba de formular anuncios en tal sentido, ya que el reciente decreto de necesidad y urgencia contempla importantes cambios tendientes a incentivar la contratación de trabajadores y reducir el costo de las indemnizaciones.

El citado decreto propicia la extensión del período de prueba de tres a ocho meses; habilita el recibo laboral electrónico; les quita a las entidades bancarias el monopolio de las cuentas sueldo e incorpora las billeteras electrónicas y determina que deba existir un consentimiento explícito del trabajador para que su empleador le retenga cuotas sindicales o cualquier servicio prestado por mutuales o entidades profesionales. Asimismo, considera injurias graves los bloqueos o el impedimento de acceso a las empresas, al igual que las intimidaciones a los trabajadores.

Del mismo modo, reduce la base para el cálculo de las indemnizaciones por despido y habilita la creación de un fondo de cese laboral, que estará sujeto a la negociación colectiva.

El reemplazo del actual sistema de indemnización por despido por un fondo de garantía indemnizatorio, que tome los rasgos positivos del existente desde hace muchos años en el gremio de la construcción, aseguraría a los trabajadores que pierdan su empleo la posibilidad de seguir cobrando mensualmente una suma equivalente a su sueldo hasta que consigan otro puesto laboral, y cuyo pago se extienda hasta que concluyan los meses que equivalgan a los años trabajados.

El sistema de indemnización propio de la Unión Obrera de la Construcción (Uocra) consiste básicamente en que el empleador aporte un 12% del salario del trabajador mensualmente en una cuenta bancaria durante el primer año de la relación laboral y un 8% a partir del segundo año. Esos depósitos generarán intereses que se irán acumulando a lo largo de la vida laboral del trabajador y serán de libre disponibilidad de este, aunque la idea es que le sirvan como resarcimiento a la hora de afrontar su desvinculación laboral. Se trata de un sistema que ha funcionado muy bien en una actividad que, como la de la construcción, se caracteriza por una bastante frecuente rotación de los trabajadores, porque depende de la duración de las obras, al tiempo que estas comprenden distintas etapas –excavación, encofrado, amuración, etc.– que implican diferentes especialidades entre los obreros.

Al margen de la necesidad de modificar el oneroso régimen de indemnización por despido que rige en la actualidad, producto de una legislación que contempló multas agravadas por incorrecta registración de los trabajadores, se imponen otros cambios. Entre ellos, una reducción de los costos laborales no salariales, empezando por los gravosos impuestos al trabajo, que no solo perjudican a los empleadores, sino también a los propios trabajadores.

Si se pretende terminar con el trabajo informal, hay que entender que no es factible que en la Argentina por cada 100.000 pesos de salario un trabajador perciba en mano alrededor de 75.000, mientras su empleador termine desembolsando unos 150.000, luego de abonar las cargas sociales, los aportes jubilatorios y las contribuciones para el PAMI, el seguro de vida y la ART.

Para el éxito de esta reforma, será preciso sembrar las condiciones adecuadas, a la luz de que cualquier modificación legal del sistema vigente requeriría de la indispensable seguridad jurídica. En ese sentido, el sindicalismo y el empresariado deberían ser artífices de un diálogo constructivo que coadyuve a la planificación de objetivos y políticas de Estado de largo plazo tendientes al crecimiento de la producción y del empleo.

¿Qué beneficios tienen los espacios de cowork para las PyMEs argentinas?

Fuente: Somos Pymes – Las oficinas ya no son lo que eran. La pandemia cambió por completo la importancia de los espacios de trabajo, que hoy son lugar de networking. Cómo se puede adaptar a las necesidades de tu PyME.

HIT ha desarrollado edificios de oficinas para empresas, pero sabe que el futuro del mercado para PyMEs se encuentra en estas soluciones que se adaptan a los cambios rápidos que exigen.

Las oficinas compartidas pueden considerarse una moda instalada. Pero al mundo PyME han llegado en la post-pandemia y siguen creciendo a medida que las experiencias demuestran sus resultados.

El beneficio principal del ahorro de costo en infraestructura, se le suman varios otros:

  • Flexibilidad, ya que las empresas pueden cambiar fácilmente el tamaño de su espacio de trabajo en función de sus necesidades.
  • Centralización de costos, lo cual evita sobrecarga administrativa e ineficiencias presupuestarias.
  • Acceso a infraestructura avanzada, que de otra manera hubiese sido una inversión relegada por cualquiera dueño PyME.
  • Internacionalización, pueden acceder a ubicaciones en otros países sin tener que comprometerse a largo plazo.
  • Networking con empresas del rubro e incluso con algunas que nunca se hubiese imaginado cruzar intereses.

“Si bien el 70% de nuestros clientes siguen siendo del mundo corporativo, hemos notado una tendencia post-pandemia de ruptura con los modelos tradicionales de oficinas”, asegura Rocío Robledo, Market Director Argentina de WeWork, la empresa pionera a nivel mundial de la masificación de oficinas compartidas.

WeWork ofrece 75 locaciones distribuidas en 13 ciudades de la región, y desde la empresa aseguran que “la flexibilidad es la forma de integrar a las Pymes, empiezan usando poco y terminan siendo los más consumidores”.

Cuando se le pregunta a Rocío Robledo el motivo de este cambio de dinámicas no duda en asegurar que “los empresarios PyMEs se quedan tranquilos de la transparencia y la unificación de los gastos, además de que es casi la única forma de lograr una internacionalización gradual”.

Como fue el caso de Épica, una agencia de edición digital, que junto a los vaivenes de la economía pasaron de ocupar dos pisos enteros a ofrecer accesos individuales. Pero porque Argentina tiene estas cosas, hoy día la agencia ya ha vuelto a contratar un piso entero del edificio ubicado en el centro porteño.

“En WeWork la flexibilidad es uno de nuestros rasgos distintivos para proporcionar a las empresas la libertad de adaptarse segun sus necesidades, ya sea en epocas de contraccion o expansion, ajustandonos a las condiciones del momento”, explicó Robledo en una entrevista con SomosPymes.

PyMEs para PyMEs

La Maquinita es un desarrollo argentino que cuenta con nueve espacios de oficinas compartidas en CABA, zona sur, Rosario y Córdoba. “Tenemos como cliente a empresas de 2 a 400 empleados”, aseguró Ezequiel Nassimoff, socio-gerente de la firma, quien detalló: “cuando comenzamos los rubros que predominantes eran startups tecnológicas, programadores y agencias de marketing, pero luego de la pandemia el público que trabaja con una conexión a internet se amplió, y hoy encontramos desde diseñadores, abogados, arquitectos o empresas que necesitan salir de la rutina diaria y vienen al espacio a reunirse”.

Según la perspectiva de Nassimoff, “para una PyME el principal beneficio es recibir una sola factura por todo concepto, ya no tienen que administrar servicios, vencimientos, pagos; acá tienen todo centralizado y mucho más fácil de controlar”.

HIT es el primer desarrollador inmobiliario de Argentina que brinda soluciones integrales al mercado corporativo. En una entrevista vía mail con sus representantes, destacaron: “alto índice de vacancia en el mercado general de oficinas, pero una plena ocupación en los espacios de coworking y oficinas flexibles del país; al contrario de lo que suele pensarse, las empresas pueden contar con un lugar propio y exclusivo, diseñado especialmente en línea a su modalidad de trabajo y a su propia identidad de marca”.

HIT ha desarrollado edificios de oficinas para empresas, pero sabe que el futuro del mercado para PyMEs se encuentra en estas soluciones que se adaptan a los cambios rápidos que exigen. Es por eso que ha construido más de 30.000 metros cuadrados de cowork en 3 países de la región.

“Una PyME puede ahorrar hasta un 35% en sus gastos de oficinas, sin considerar la mejora en la calidad de los servicios, el clima laboral, y el impacto en la productividad para el negocio” aseguraron desde HIT.

Según datos de Statista, se proyectaba que el mercado global de espacios de coworking crecería a una tasa compuesta anual del 21.3% entre 2020 y 2025. Según un estudio de WeWork y Michael Page, el 82% de los profesionales en Argentina ven beneficios en su salud mental al usar espacios de trabajo compartidos

Reforma laboral: a quiénes y cómo afectará el DNU, según la mirada de los expertos

Fuente: Infobae – Los cambios apuntan a la baja de la litigiosidad y la flexibilidad de contratación. Cómo se espera que reaccione el mercado.

El DNU del Gobierno nacional dejó mucha tela para cortar, pero pocos decretos generaron tanta polémica como los destinados a la reforma del mercado laboral. Los cambios son muchos y se espera un fuerte impacto en múltiples actividades.

Para darle claridad al nuevo escenario, es necesario analizar los tres grandes ejes de la reforma; qué cambia, a quién afecta y cómo impactará en el mercado.

Qué cambia

– Indemnizaciones: Comenzando por el primer punto –las modificaciones–, no se pueden pasar por alto los cambios decretados sobre las indemnizaciones. Por un lado, el DNU derogó la ley 25.323 y con ello eliminó la reglamentación que duplica las indemnizaciones en caso de una relación laboral no registrada o efectuada de manera deficiente.

“El empleo formal registrado no crece desde el año 2011 y es un hecho demostrado que las medidas estructurales adoptadas por la Ley de Empleo N° 24.013 y por la Ley N° 25.323 no han podido revertir el problema de la informalidad”, advierte la normativa publicada por el Gobierno nacional.

Otro cambio sustancial, es que a partir de la entrada en vigencia del DNU los empresarios y sindicalistas podrán acordar, en el marco de la negociación colectiva, un sistema indemnizatorio distinto, basado en el Fondo de Cese Laboral de la Uocra. Esto figura en el artículo 81 del DNU, que sustituye el artículo 245 de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo, y contempla lo siguiente: “Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable. Por su parte, los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la presente ley”.

Anticipan que se reducirá la industria del juicio por despidosAnticipan que se reducirá la industria del juicio por despidos

En ese punto figura también la modificación de los intereses por indemnizaciones, para lo cual se utilizará lo que marque el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual. La misma “no incluirá el Sueldo Anual Complementario ni conceptos de pago semestral o anual”, algo que, en la práctica, equivaldrá a reducir las indemnizaciones.

– Registro de empleados: El DNU del Gobierno nacional apuesta también a una simplificación del sistema de registro de trabajadores. Para ello, anticipa que se creará un sistema electrónico, sujeto a la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo Nacional.

La norma del Poder Ejecutivo también afirma que “se modifican las Leyes Nros. 14.250, 14.546, 20.744 (t.o. 1976), 23.551, 24.013, 25.345, 25.877, 26.727, 26.844 y 27.555 y se deroga la Ley N° 25.323, a los efectos de mejorar y simplificar los procesos de registración, darle seguridad jurídica a la relación laboral, aumentar el período de prueba (de tres a ocho meses), redefinir la procedencia de los descuentos salariales convencionales, autorizar a las convenciones colectivas a explorar mecanismos de indemnización alternativos a cargo del empleador, tal como se ha implementado en algunas actividades, revisar los criterios de ultractividad y evitar los bloqueos de actividades productivas”.

– Reingreso del trabajador: Si un trabajador que fuera despedido reingresa para un mismo empleador, tiene derecho a que se le compute la antigüedad adquirida por el período anterior, debiendo el empleador, si lo despidiera nuevamente, indemnizarlo por la totalidad del tiempo trabajado para la empresa.

Las empresas deberán reconocer la antigüedad de las personas recontratadasLas empresas deberán reconocer la antigüedad de las personas recontratadas

La novedad es que el valor de la primera indemnización se debe descontar (hasta ahora a valor nominal) al valor histórico más la variación del IPC más un interés del 3% mensual. Cabe aclarar que se prevé que la indemnización nunca podrá ser inferior a lo que le hubiera correspondido por el último período de trabajo.

– Asambleas en el lugar de trabajo: El DNU modifica el artículo 87 de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales.

El nuevo texto, indica que “los representantes sindicales dentro de la empresa, delegados, comisiones internas u organismos similares, así como las autoridades de las distintas seccionales de las asociaciones sindicales, tendrán derecho a convocar a asambleas y congresos de delegados sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros”.

El cambio apunta claramente a penalizar las asambleas de trabajadores que, en la práctica, terminan convirtiéndose en medidas de fuerza encubiertas.

Cómo impactarán las modificaciones

Teniendo claro cuáles son los cambios, resta analizar qué significan realmente y cómo impactarán en el día a día del trabajo. Nuria Susmel, economista de FIEL especialista en mercado laboral, aseguró que el DNU implica “un giro enorme en materia de relaciones laborales e incentivos en la contratación”.

Desde su punto de vista, el factor más determinante del decreto es que saca muchos incentivos a la litigiosidad, como es el caso de las indemnizaciones por no registración. “Todo esto claramente reduce los costos, no los directos, pero los juicios laborales eran un costo potencial que desincentivaba la contratación”, remarcó.

El temor a los juicios laborales desincentivaba las contratacionesEl temor a los juicios laborales desincentivaba las contrataciones

Se mostró de acuerdo el economista Mario Domínguez, quien remarcó que no son pocos los casos en los que los trabajadores amenazan con denunciar a los empleadores por haberles dado trabajo en negro, sabiendo que estaban expuestos a la doble indemnización. “Así es como se alimenta la industria del juicio. Con el cambio en el DNU seguramente habrá una mejora en ese sentido”, comentó.

Por su parte, el economista Jorge Colina sostuvo que las medidas implican cambios significativos en los costos de las empresas, porque facilitan la contratación laboral al darle certezas a la negociación por despido. “Los empleadores no piden que la negociación sea barata, sino que sea cierta. Claramente esto no estaba funcionando”, apuntó.

También compartió su opinión el economista José Anchorena, quien coincidió con sus colegas y consideró que el objetivo del DNU no es per se disminuir los costos laborales, sino dinamizar el mercado laboral formal, de tal manera de que haya más contrataciones registradas. “Estas medidas pueden tanto disminuir los costos de las empresas como mejorar los beneficios de los trabajadores, al permitir que los contratos no sean tan rígidos”, observó.

“Las medidas favorecen sobre todo al dinamismo del mercado laboral, y por tanto favorecen a los trabajadores de bajos ingresos y a las pymes y microempresas que necesitan de ese dinamismo. Por ejemplo, el permiso para que monotributistas puedan tener colaboradores, es fundamental en la creación de empleo formal”, agregó.

Cómo responderá el mercado

Más allá del impacto que las medidas puedan tener en la teoría, será interesante conocer qué respuesta tienen las partes involucradas en la práctica.

Los expertos aseguran que no todos los sindicatos estarán en contra de las medidas (Reuters)Los expertos aseguran que no todos los sindicatos estarán en contra de las medidas (Reuters)

Para Colina, será clave la respuesta del sector sindical, que se verá afectado por los cambios en la “ultraactividad”. El economista recordó que a partir de ahora no van a regir más las causas obligacionales que los convenios colectivos le imponen a los empleadores y a los trabajadores. “En ese punto están incluidos los salarios mínimos de convenio, que son muy altos, y las cuotas sindicales, por ejemplo”, comentó.

Anchorena cree habrá distintas respuestas en ese sentido. “Los sindicatos de sectores más competitivos verán con buenos ojos los cambios, que seguramente verán incrementar la cantidad de representados. Los sindicatos que obtienen una renta exclusivamente a partir de la acción del estado se verán más afectados y querrán defender ese privilegio”, señaló.

“Muchos de los cambios que están en el decreto eran parte de la propuesta de reforma laboral de 2017 del gobierno de Mauricio Macri y debe recordarse que esa reforma se había acordado con sindicatos y gobernadores en ese momento y no terminó de salir por el accionar golpista al Congreso de las 15 toneladas de piedra y la connivencia kirchnerista desde adentro”, planteó el economista.

“Ese acuerdo con sindicatos y gobernadores indicaba que veían como razonables muchas de las cuestiones que se plantearon en ese momento y que se plantean ahora en el decreto”, cerró.

Susmel, por su parte, consideró que los cambios conducirán en general a que se realicen nuevas contrataciones, pero aclaró que sólo con una economía en crecimiento las modificaciones conducirán a la inversión.

Cómo funciona el sistema de despidos de la UOCRA que el DNU de Milei busca trasladar a otras actividades

Fuente: Infobae – Entre las reformas laborales que dispone el decreto del presidente Javier Milei anunciado ayer, se establece la posibilidad de reemplazo del actual sistema de indemnizaciones por un régimen similar al del sector de la construcción

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU)firmado este miércoles por el presidente Javier Milei dispone que cada gremio pueda negociar con el sector empresarial que le corresponda el reemplazo del actual sistema de indemnizaciones por despidos sin causa por un régimen similar al que rige para la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA). Este fue pensado para un rubro en el que las relaciones laborales se extinguen cuando se concluyen las obras.

Siguiendo el modelo de la construcción, la intención es que se pueda crear en otras ramas de actividad un fondo al que el empleador aportaría un 8% sobre el sueldo bruto del trabajador y que este último recibiría una vez cese la relación laboral, a diferencia del sistema de indemnizaciones actual que prevé el equivalente a un mes de sueldo por cada año de antigüedad, considerando la mejor remuneración del último año.

“Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al OCHO POR CIENTO (8%) de la remuneración computable”, indica el decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.

“Por su parte, los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la presente ley”, agrega.

Otra cuestión a tener en consideración es que el decreto extiende el período de prueba de 3 a 8 meses. Por este motivo, durante ese lapso se podrá extinguir la relación laboral sin causa ni derecho a indemnización.

El decreto establece que "mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador".  REUTERS/Marcos BrindicciEl decreto establece que «mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador». REUTERS/Marcos Brindicci

En tanto, en el sistema de la UOCRA el empleador aporta al fondo de desempleo 12% el primer año y 8% los restantes. El dinero se deposita en una cuenta bancaria, es inembargable, genera intereses a favor del trabajador y queda a libre disponibilidad una vez finalizado el vínculo laboral. Así se establece en el convenio colectivo del gremio.

Pero la construcción tiene particularidades que no tienen el resto de los sectores.

La mirada de los especialistas

En este sentido, Nuria Susmel, economista especializada en mercado de trabajo y seguridad social, aseguró que la construcción tiene alta rotación, es decir, la probabilidad de ser despedido es alta porque eventualmente toda obra llega a su fin. En cambio, “en el resto del sector privado la probabilidad media de ser despedido no es tan alta. Este sistema que propone el DNU es más caro que el que rige en la actualidad ya que el empleador deberá aportar al fondo por todos sus trabajadores. Ahora, el que no despide va a tener un costo que antes no tenía. Además, va a terminar cubriendo menos al despedido”, explicó.

“En el resto del sector privado la probabilidad media de ser despedido no es tan alta. Este sistema que propone el DNU es más caro que el de hoy ya que el empleador deberá aportar al fondo por todos sus trabajadores. (…) Además, va a terminar cubriendo menos al despedido” (Susmel)

Por su parte, el abogado laboralista Héctor Recalde señaló que el sistema de fondos por desempleo de la construcción se justifica por las características singulares del sector pero para las actividades comunes viola el principio constitucional de protección contra el despido arbitrario de la Constitución Nacional. “Asimismo, la reivindicación de la constitución de 1994 no admite regresiones o pérdida de derechos, que es lo que está pasando con este DNU”, sostuvo y agregó que reduce el monto de la indemnización.

Esteban Carcavallo, abogado laboralista del estudio Bomchil, afirmó: “Pienso que es bastante extrema la propuesta que tiene el DNU porque deja librada la posibilidad de extender ese régimen a otras actividades por vía de negociación colectiva. Dejar en manos de la negociación colectiva todo el diseño o rediseño de normas de reparación del despido arbitrario no es la mejor salida, sino que debería, desde la ley, darse algunas pautas o lineamientos inamovibles para que, a partir de ahí, la negociación colectiva complemente lo faltante”.

“Tendría que fijarse un criterio de administración del fondo muy prolija (por supuesto siempre para los contratos futuros, no para los que están en curso o en vigencia) y a mi modo de ver, no es el mejor momento para iniciar la reparación por vía de fondeo o sistema de fondos si no tenemos estabilidad monetaria”, agregó el especialista.

“Quizás es un sistema para repensarlo más detenidamente una vez que los cambios que se van a hacer en materia económica se consoliden y habrá que diseñar en cada actividad un sistema. Pero no lo veo óptimo para este momento”, sostuvo.

Desde otra perspectiva, Geraldine Moffat, abogada laboralista de PAGBAM Abogados, dijo: “Creo que puede ser beneficioso y de alguna manera reducir la conflictividad laboral al momento de la terminación. Una de las preocupaciones de muchas empresas es que cuando termina un vínculo laboral no tiene certeza de qué va pagar y aún pagando todo se generan riesgos de conflictos”.

A su vez, destacó que no hay muchos reclamos por despido de empleados de la UOCRA porque la indemnización está más tarifada, donde el monto ya está ingresado y abonado. “El empleador tiene la libertad de poder terminar la relación laboral porque ya tiene hecho el ahorro por ese pago. La herramienta da seguridad jurídica”, consideró.

No obstante, Moffat aclaró que hay que esperar la reglamentación de la norma y también el curso legislativo y los planteos que se hagan.

Los mayores costos laborales para las pymes vienen de los jueces: cuáles desaparecen

Fuente: IProfesional – Las pymes podrán pagar las sentencias laborales en 12 cuotas y para todas las empresas, no rige más la doble indemnización por falta de registro

Los jueces hoy pueden duplicar las indemnizaciones que cobran los empleados que obtienen una sentencia por considerarse despedidos sin causa, por una multa legal y están capitalizando anualmente la actualización cuando el juicio se extiende en el tiempo. El decreto desregularizador quiere acabar con todo esto.

Sin embargo, se abre un nuevo frente judicial para las empresas ya que el decreto prevé una indemnización agravada del 50% al 100%, por despido motivado por un acto discriminatorio, aquel originado por motivos de etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología, u opinión política o gremial.

Para quiénes se prevé el pago en cuotas de las sentencias laborales

El Decreto 70/2023 prohíbe costos judiciales que exceda en 20% el que, en cada caso, requerirá ratificación personal y homologación judicial.

Las personas humanas y las pequeñas y medianas empresas, ante una sentencia judicial condenatoria, podrán acogerse al pago total de la misma en hasta un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas

Qué deroga el decreto la doble indemnización indemnizatoria

Entre las leyes que deroga el Decreto 70/2023, está la que establece que las indemnizaciones por despido serán incrementadas al doble cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no esté registrada o lo esté de modo deficiente.

Agrega que, cuando el empleador, fehacientemente intimado por el trabajador, no le abonare las indemnizaciones por despido y, consecuentemente, lo oblige a iniciar acciones judiciales o cualquier instancia previa de carácter obligatorio para percibirlas, éstas serán incrementadas en un 50%.

Si el trabajador es obligado a liquidar, hoy tiene una indemnización incrementada

Si el trabajador es obligado a liquidar, hoy tiene una indemnización incrementada

Por otra parte, se deroga que el empleador que no registre una relación laboral o no lo haga en forma temprana abonará al trabajador afectado una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones devengadas desde el comienzo de la vinculación, computadas a valores reajustados.

Según esa norma, no era requisito para la indemnización que se hubiera extinguido la relación laboral. Pero si el empleador despide sin causa justificada al trabajador dentro de los 2 años posteriores, el trabajador despedido tendrá derecho a percibir el doble de las indemnizaciones por despido. La duplicación de las indemnizaciones tendrá igualmente lugar cuando sea el trabajador el que denuncie el contrato.

Qué pasa en caso de un monotributista mal registrado

Al modificar la Ley de Contrato de Trabajo, el decreto aclara que «las disposiciones de esta Ley no serán aplicables:

«A las contrataciones de obra, servicios, agencia y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación.»

Y luego, aclara que la presunción de contrato de trabajo no será de aplicación cuando la relación se trate de contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios y se emitan los recibos o facturas.

Pero, en materia de juicios laborales, agrega que si conforme sentencia judicial firme, la relación laboral se encontrara enmarcada erróneamente como contrato de obra o servicios, de la deuda que determine la AFIP, se deducirán los componentes ya ingresados con el Monotributo, se establecerá un sistema de intereses menos gravoso y facilidades de pago.

Cómo termina el peligro para directores de empresas que tercerizan

Cuando una empresa terceriza, hoy la ley dice que los trabajadores contratados por terceros, con vista a proporcionarlos a las empresas, serán considerados empleados directos de quien utilice su prestación.

Para las empresas tercerizadas, se vuelve  a que el empleador es la contratante directa

Para las empresas tercerizadas, se vuelve a que el empleador es la contratante directa

Y que los terceros contratantes y la empresa para la cual los trabajadores presten o hayan prestado servicios responderán solidariamente de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de las que se deriven del régimen de la seguridad social.

El decreto de desregulación, que los trabajadores tercerizados serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas.

La empresa usuaria será responsable solidaria por las obligaciones laborales y de la seguridad social respecto de los trabajadores proporcionados, pero ya no los «terceros contratantes», que a veces se entendía como los directores de las compañías.

Cómo pretende limitar abusos judiciales en la actualización de sentencias

En la actualización y repotenciación de los créditos laborales por depreciación monetaria, hoy los jueces de la Cámara Nacional del Trabajo dispusieron por un plenario que cada año se capitalizan los montos de la indexación por inflación.

El decreto de Milei afirma que los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados y/o repotenciados y/o devengarán intereses.

Pero la suma que resulte de dicha actualización y/o repotenciación y/o aplicación de intereses en ningún caso podrá ser superior a la que resulte de calcular el capital histórico actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés pura del 3% anual.

Se fija bajo amenaza de «ley de orden público federal» que la actualización de sentencias se limite

Para obligar a la Justicia a aplicar este límite, el decreto se autodescribe como «de orden público federal» y sostiene que deberá ser aplicada por los jueces o por la autoridad administrativa, de oficio o a petición de parte, incluso en los casos de concurso del deudor, así como también, después de la declaración de quiebra.

Qué pasa con los costos por prestaciones de desempleo

El decreto da el puntapié inicial a una reforma mayor del régimen de indemnizaciones, al hablar del Sistema integral de prestaciones por desempleo, al incluir entre sus beneficiarios a los trabajadores en situación de desempleo por extinción de mutuo acuerdo de las partes del vínculo laboral.

En otro orden, deroga artículos de la Ley de Empleo que obligan al empleador a ingresar contribuciones al Fondo Nacional del Empleo, e ingresar los aportes de los trabajadores al Fondo Nacional del Empleo como agente de retención responsable.

También disminuye el costo de desvinculación sin causa, al restar de la base de cálculo de la indemnización al aguinaldo, las vacaciones y cualquier otro bono o beneficio semestral o anual.

Qué otro rubro que suele encarecer las sentencias se simplifica

La entrega del certificado de trabajo que da fe de la relación laboral y los sueldos abonados es una obligación hoy que pesa con una penalidad en los juicios, y prácticamente se elimina, al considerarlo innecesario si la información está correctamente registrada por la ANSES.

Con el decreto de desregulación, se estipula que el Poder Ejecutivo establecerá en orden a la obligación de entrega de los certificados de trabajo, un mecanismo opcional de cumplimiento de entrega a través de una plataforma virtual.

Se considerará efectivamente cumplida la obligación de entrega del certificado por parte de los empleadores cuando se haya incorporado el mismo a la plataforma virtual.

Asimismo, también se considera cumplimentada cuando la información se encuentre actualizada y disponible para el trabajador a través de la página de Intenter del organismo de la seguridad social (ANSES).

Empleo en la era Milei: qué pasará con los sueldos, creación de puestos y los sectores con mejores expectativas en 2024

Fuente: IProUp – Una nueva era en la Argentina comenzó el 10 de diciembre con la asunción de Javier Milei como presidente de la Nación. El paquete de medidas económicas anunciado por el ministro de Economía, Luis Caputo, anticipan incertidumbres en varios sectores, en especial los beneficiados por las políticas proteccionistas del anterior gobierno.

Empleo en la era Milei: cuál es la proyección de las empresas

Entre los analistas hay opiniones divididas: muchos advirtieron que el ajuste impactará fuertemente sobre la actividad económica, el empleo y los salarios a partir del año entrante, mientras que otros se mantienen optimistas.

«En estos momentos es muy difícil visualizar la evolución del empleo no solo a largo plazo, sino en el corto plazo. El contexto cambia literalmente cada día con los anuncios del gobierno», expresa a iProUP Germán Ruiz, Director de Outsourcing de Randstad Argentina.

«Se esperan expectativas muy moderadas en cuanto a la creación de empleo en Argentina durante los primeros meses de 2024″, enfatiza el especialista.

Consultoras como Adecco Argentina revelaron que más de la mitad de las compañías (51%) anticiparon mayores niveles de empleo para el año próximo, contra un 48% que sostuvo lo contrario, una encuesta que, sin embargo, fue realizada en la última semana de noviembre, después del balotaje y el triunfo de Milei y antes de las medidas anunciadas.

En cambio, otras como ManpowerGroup indicaron que Argentina tiene la peor expectativa de empleo del mundo en su última Expectativa Neta de Empleo (ENE) para el primer trimestre del año entrante. Los resultados, basados en encuestas a más de 700 empleadores argentinos revelaron que: 

  • 30% de los empleadores planea aumentar sus dotaciones de personal
  • 29% disminuirlas
  • 35% no espera realizar cambios
  • 6% no sabe si los realizará durante el período relevado

En diálogo con iProUP, Luis Guastini, Director General y Presidente de ManpowerGroup Argentina y Director de Talent Solutions para Latinoamérica, opina que «la incertidumbre sobre el desempeño de la economía anticipa una fuerte reducción en las expectativas de contratación de las empresas durante el primer trimestre del año».

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La mitad de las compañías prevé mayores niveles de empleo

Y agrega: «los empleadores están adoptando una postura más cautelosa en sus decisiones de contratación, lo que va a contramano de lo observado en el resto de los países de la región».

Guastini avisa que habrá que estar «muy atentos al impacto que puedan tener las medidas mientras se vayan implementando sobre las distintas actividades»

Los encuestados reportaron una Expectativa Neta de Empleo de +2% ajustado por estacionalidad, que representa un declive de 6 puntos porcentuales comparado con el último trimestre del 2023.

Por su parte, el sondeo de Adecco arrojó que «si bien de cara al año próximo un 27% no tendrá plan definido de contrataciones, más de la mitad es optimista (51%)» en términos de incorporación de talento y, en líneas generales, «prevé la creación de más empleo» a la larga.

En ese sentido, más de un 40% planea mantener las contrataciones y casi un 22% espera aumentarlas, mientras que un del 11% piensa reducirlas. De la encuesta participaron  260 organizaciones de distintas regiones del país y de los siguientes rubros:

  • Consultoría
  • Construcción
  • IT
  • Alimentos y bebidas
  • Automotriz
  • Metalurgia
  • Agricultura y ganadería
  • Oil & Gas
  • Energía
  • Minería
  • Farmacéutica
  • Contrataciones laborales en 2024: qué sectores serán los más afectados

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La Argentina tiene la menor expectativa de empleo del mundo en 2024

En cuatro de las nueve actividades económicas relevadas por Manpower, los rubros donde los empleadores esperan incrementar sus nóminas son los siguientes: 

  • Tecnología de la Información lidera con una ENE de +14%,
  • Energía y Servicios Públicos con +8%
  • Industrias y Materiales con +5%

Mientras que quienes reportan las expectativas de contratación más débiles son:

  • Finanzas y Real Estate con una ENE de -12%
  • Sanidad y Ciencias de la Vida con -11%

En comparación con el último trimestre del 2023, las expectativas de contratación se debilitan en los nueve sectores industriales. El mayor declive es reportado por Sanidad y Ciencias de la Vida, con una disminución de 34 puntos porcentuales, seguido por Servicios de Comunicación, con un decrecimiento de 20 puntos.

En la comparación interanual ocurre lo mismo: las disminuciones más significativas de empleabilidad se observan en Finanzas y Real Estate y Servicios de Comunicación, con 44 y 21 puntos porcentuales respectivamente.

Mientras que, sobre las expectativas de retención, casi un 66% de los encuestados por Adecco cree que no habrá mayor rotación en 2024, contra un 34% que considera lo contrario. Otro 62% estima que su compañía deberá implementar métodos para incentivar la retención.

«Lo que están haciendo las empresas con respecto a contrataciones y salarios es extremar la prudencia: todo lo que no es de extrema urgencia se pospone para cuando el panorama esté más claro y lo que está en marcha se define en función de necesidades e impacto inmediato», comenta Ruiz.

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Dos tercios de los empleados creen que no crecerá la rotación de empledos

Sobre los sectores que se verían beneficiados en principio, el responsable de Randstad enumera al minero y al agroexportador, los cuales tendrían «mejores oportunidades de empleo en Argentina durante los primeros meses«.

Mientras que los sectores e industrias asociadas al consumo interno se verán más afectadas y tendrán «menos margen para generar demanda laboral«.

Empleo en la era Milei: qué pasará con sueldos

Con respecto a los sueldos, los expertos de Adecco indicaron que «solo unas pocas consideran que habrá un impacto positivo» en materia salarial. «El consenso mayoritario es que los salarios irán a la par de la inflación, posiblemente provocando ajustes con mayor frecuencia, lo que no implicaría un aumento del poder adquisitivo», destacó Patricio Dewey, Director Comercial de Adecco Argentina y Uruguay.

Y añadió: «Con los índices de inflación con los que comenzará 2024, está claro que la situación será sumamente compleja, al igual que lo fue en 2023. En ese contexto, los salarios se verán afectados, sobre todo si el mercado laboral no crece como ya viene sucediendo desde hace varios años«.

De hecho, un 51% de las firmas encuestadas por Adecco cree que la inflación y la inestabilidad empeorarán durante los próximos 12 meses, al tiempo que solamente un 17% de las empresas considera que habrá una mejora a corto plazo.

Consultados sobre una posible reactivación de la economía y del empleo en el segundo semestre, una vez que todos los ajustes sean realizados, desde Manpower consideran que variables como la judiciabilidad laboral representan «obstáculos significativos» tanto para las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) como para atraer inversiones que buscan «entornos laborales predecibles».

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Las industrias que tengan una fuerte dependencia del mercado interno serán las más afectadas

«En este sentido, el desafío a corto plazo debería centrarse en derogar normas que obstaculizan el mercado laboral y simplificar regulaciones y sistemas tributarios«, subraya Guastini.

Por su parte, Ruiz asegura: «Se espera una recuperación gradual que impulse el crecimiento y la creación de empleo, de la mano de algunos sectores clave». 

«La expectativa que hay en general en las empresas es que el proceso de estabilización de la macro sea rápido y afecte lo menos posible a la actividad y el empleo del sector privado ya que, en lo que refiere a demanda laboral, no hay recetas mágicas: el empleo crece o decrece siempre atado a la evolución del PBI«, prosigue.

Sin embargo, el analista avisa que «también se espera que haya un efecto directo de la alta inflación sobre los salarios y el poder adquisitivo de los trabajadores».

«Una vez que el panorama se estabilice mínimamente, se acomodarán las variables y ahí podremos tener un panorama más claro de la evolución de empleo formal registrado y que sectores y perfiles estarán más activos en 2024″, concluye Ruiz.

Los resultados del segundo semestre dependerán de cómo se vaya reacomodando la industria y el consumo, que impactará, a su vez, en una mayor o menor rotación de personal», acota el ejecutivo de Manpower.

Acuerdo de becas para la igualdad de oportunidades y desarrollo del talento

Fuente: ámbito – La iniciativa fue anunciada por Pirelli y la UCEMA. Esta alianza refleja el compromiso conjunto con la construcción de una sociedad más equitativa y justa, así como con el desarrollo sostenible del país.

Pirelli y la UCEMA anuncian una iniciativa que tiene como objetivo fomentar la igualdad de oportunidades en la educación superior y potenciar el talento de jóvenes de recursos limitados con vocación y esfuerzo: el Programa de Becas Pirelli – UCEMA. El objetivo es contribuir al desarrollo personal y socioeconómico de los estudiantes al brindarles acceso a una formación de primer nivel. Esta alianza refleja el compromiso conjunto con la construcción de una sociedad más equitativa y justa, así como con el desarrollo sostenible del país.

«Esta clase de acuerdos colaborativos entre universidades y empresas, resulta estratégica para lograr un mayor alcance a jóvenes con meritocracia que quieran recibir una formación superior, enriqueciendo el semillero natural del que se nutren las empresas para incorporar talento. Esta alianza adquiere aún más relevancia, teniendo en cuenta el aporte a la mejora de nuestra sociedad” mencionó Agustina Zimmermann, Directora Desarrollo Institucional y Alumni de UCEMA. Informate más

“Es un honor trabajar junto a UCEMA contribuyendo con la educación de la juventud argentina. El apoyo a este programa académico es parte de nuestro compromiso con el país, a través de la formación e inserción laboral de los futuros profesionales que son necesarios para el desarrollo y el crecimiento de la industria local”, afirma Mauricio Canineo, CEO de Pirelli Argentina.

LOS BENEFICIOS DEL PROGRAMA

  • Becas de Estudio: se otorgarán becas de estudio a jóvenes recién egresados del bachillerato y/o hasta 21 años de edad, provenientes de colegios con altos subsidios del Estado y colegios parroquiales en las zonas cercanas a la planta de Pirelli en el partido de Merlo.
  • Desarrollo Socioeconómico: el Programa busca no solo beneficiar a los estudiantes, sino también contribuir al desarrollo socioeconómico de sus entornos familiares.
  • Pasantías Remuneradas: los estudiantes seleccionados tendrán la oportunidad de realizar pasantías remuneradas en la empresa Pirelli durante el tercer y/o cuarto año de sus carreras.

REQUISITOS PARA LOS BENEFICIARIOS:

Los solicitantes deben demostrar un buen rendimiento académico y ser provenientes de colegios con altos subsidios del Estado y colegios parroquiales en las áreas cercanas a la planta de Pirelli.

Para recibir más información sobre las becas y cómo aplicar escribinos a grado@ucema.edu.ar o por whatsapp al 11 6904-4544

La industria del juicio y los impuestos, al tope de la agenda de las pymes

Fuente: Clarín – Son las conclusiones del reciente encuentro de IDEA Pyme, que reclama al nuevo gobierno un fondo de desempleo que reemplace a las indemnizaciones, entre otras medidas.

La industria del juicio y el peso de la carga tributaria son las dos principales preocupaciones de los empresarios chicos y medianos, quienes le reclaman al gobierno de Javier Milei que lleve adelante una simplificación de los tributos, así como un cambio drástico en el esquema de multas laborales, para quitar incentivos a la litigiosidad.

Esas fueron las conclusiones de la edición más recientes de “Charlas Abiertas Pymes de IDEA” entre 70 dueños, CEOs y autoridades de pequeñas y medianas empresas de todo el país.

La convocatoria, a cargo del Instituto para el Desarrollo Económico de la Argentina (IDEA), tuvo lugar a principios de noviembre, antes del balotage, pero sus conclusiones fueron elaboradas y difundidas una vez que Javier Milei fue electo presidente.

Entre los cambios que los empresarios proponen al nuevo gobierno, se destaca un reclamo que en IDEA se viene trabajando desde el Coloquio de 2022 de Mar del Plata y que volvió a formar parte de las propuestas del Coloquio de este año: la simplificación y reducción de las multas laborales.

“El riesgo asociado al costo del cese de la relación laboral es uno de los obstáculos identificados por el empresariado como más relevante a la hora de la contratación”, manifestaron los empresarios, para quienes una solución sería “contar con mayor previsibilidad con valores fijos y topes y/o marcando que el beneficio económico originado por la multa pase a ser un crédito en favor del Estado, buscando desincentivar litigios judiciales”.

Milei no participó este año del Coloquio de IDEA, pese a lo cual igual viajó a Mar del Plata y armó un almuerzo paralelo con casi un centenar de los empresarios que ya estaban en el Coloquio.

Tras aquel corto circuito, ahora la pata pyme de IDEA elevó a Milei un documento donde algunas de las soluciones que proponen guardan coincidencias con lo que el libertario propuso durante la campaña.

El caso más nítido es el de las indemnizaciones: los empresarios le pidieron al Gobierno la generación de un “fondo de capitalización de desempleo”, un modelo que guarda bastantes puntos de contacto con el “modelo UOCRA” que el propio Milei propuso durante los debates presidenciales, y que también consiste en un fondo de desempleo.

Otro reclamo en el plano laboral fue la extensión del período de prueba a seis meses “con el objeto de generar menos intermitencia en las trayectorias laborales de las personas y entrenamiento en prácticas específicas”.

En cuanto a los impuestos, el documento de IDEA Pyme volvió sobre otro concepto abordado en los últimos coloquios de Mar del Plata: hoy existen 148 diferentes tipos de tributos y tasas “de los cuales solamente 10 significan el 91% de toda la recaudación”.

Con ese contexto, los empresarios reclamaron no sólo una simplificación de la cantidad de impuestos sino también menos burocracia: “Las pequeñas y medianas empresas no cuentan con un departamento y/o recursos humanos especializados para abordar este entramado tributario y deben asumir mayores costos asociados a estas gestiones”, plantearon.

Pidieron además la eliminación del impuesto al cheque y que Ingresos Brutos grave únicamente a la venta minorista, “evitando su encadenamiento regresivo” y que también sea deducible de Ganancias la inversión productiva. “En adición, una mayor digitalización de la gestión administrativa simplificaría los costos asociados para el empresariado pyme”, agregó la entidad.

IDEA Pyme abarca a la mitad de los socios de IDEA y para el encuentro del mes pasado contaron además con integrantes de instituciones específicas como el Movimiento Nacional Pyme (Monapy) y la Unión Argentina de Jóvenes Empresarios (UNAJE).

El pago del aguinaldo no corre riesgo, aunque algunas PyMEs adelantaron vacaciones

Desde CAME advirtieron a Somos Pymes que «las empresas tienen liquidez» para pagar, aunque en CGERA ven otra realidad.

En medio de un contexto económico incierto, las pequeñas y medianas empresas mostraron tranquilidad con respecto al pago del aguinaldo, aunque algunas empresas adelantaron vacaciones para reardenar sus finanzas en medio de la crisis. Lee además

El contador y asesor en gestión a PYMEs de CAME (Confederación Argentina de la Mediana Empresa), Salvador Femenía, aseguró a Somos Pymes que «hasta el momento, no hay novedades negativas en cuanto al cumplimiento de esta obligación anual».

Femenía destacó que, «a pesar de las dificultades económicas actuales, las PyMEs muestran tener liquidez suficiente en pesos para afrontar el pago del aguinaldo».

Este anuncio surge como un alivio para muchos trabajadores y empleadores que, en un contexto de incertidumbre, temían posibles retrasos o complicaciones en el cumplimiento de esta obligación laboral.

«En cuanto al sector PyME, en este momento no hay ninguna novedad con el aguinaldo», afirmó Femenía.

«Las empresas un poco más grandes dentro del sector PYME, tienen liquidez. La fecha límite de pago del aguinaldo es el 18, entonces incluso tenen la intención de pagarlo antes, para ya cumplir con la obligación, ante la incertidumbre», agregó.

La intención expresada por las PyMEs de anticipar este desembolso sugiere un compromiso claro por parte de los empleadores. Este enfoque proactivo puede interpretarse como un esfuerzo por brindar estabilidad a los empleados en medio de un panorama económico desafiante.

«No se avisoran inconvenientes por ahora, dentro del sector. No tenemos noticias, es lo que hemos recabado, que hay liquidez como para pagarlo», aseguró Femenía, subrayando la ausencia de señales preocupantes en el horizonte inmediato.

Este mensaje de tranquilidad es crucial en un momento en el que la incertidumbre económica prevalece en varios sectores. Aunque la situación puede evolucionar, las palabras del contador y asesor ofrecen un respiro momentáneo a los trabajadores y empleadores.

No obstante, el presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, no percibe la misma situación. «No sé que te puedo decir de aguinaldos, nosotros estamos con vacaciones, que es peor. Muchas PyMEs tienen vacaciones porque están viendo como se financian», dijo el dirigente ante la consulta de este medio.

El escenario para las empresas es complejo, y la voluntad de pago ante la incertidumbre tiene más que ver con contener un nuevo frente y cumplir, para poder enfrentar meses difíciles con las cuentas lo más ordenadas posible.