Fuente: Cronista – La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá hasta fin de año la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos. Se estaría evaluando otra medida que modificaría una fecha clave de la nueva moratoria.
Sobre la fecha límite, y todavía de forma extraoficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomó una importante decisión respecto a las deudas de las pequeñas y medianas empresas (pymes). La contracara para la moratoria y lo que viene en términos de la actividad económica.
A los pocos días de haber asumido la titularidad del organismo, Florencia Misrahi emitió una Resolución General controversial en términos políticos que postergó una medida que había sido implementada por el exministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa.
Así, en enero pasado, se tomó la decisión de extender hasta el 31 de julio de 2024 las ejecuciones fiscales y los embargos a las micro, pequeñas y medianas empresas como también a entidades sin fines de lucro, los pequeños contribuyentes y los del sector de la salud.
Una fecha próxima a cumplirse. Según pudo confirmar El Cronista, con fuentes directas de los sectores involucrados a quienes ya se lo notificaron, la medida se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024. Mientras que en AFIP no dieron una respuesta frente a la consulta.
«Fue un pedido que le hicimos al jefe de Gabinete, Guillermo Francos«, destacaron desde el sector pyme donde aluden que es sumamente necesaria en un contexto donde no hay ningún indicador que marque que se revertirá la caída de las ventas, sino, por el contrario, que se agravará a fin de año.
A pesar del repunte del 2,3% que tuvo el Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) en mayo, explicado principalmente por la performance del campo, los datos de recaudación de los impuestos ligados al consumo muestran de junio expusieron que no fue un piso y que la tendencia a la baja continuará en los próximos meses.
La falta de confirmación de la postergación por parte de la AFIP se debe a los desincentivos que generará para el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social que se aprobó en la Ley 27.743 (capítulo fiscal).
Una vía a través de la cual se podrían saldar deudas con fecha hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive (entre ellas planes de facilidades de pago) con condonación de intereses y diferentes programas de pago, que conformaría un flujo de ingresos para el Gobierno.
En diciembre, en la tabla que compartió el Ministerio de Economía a los fines del déficit cero en 2024, se pretendía una recaudación 0,5% del Producto Bruto Interno (PBI) por parte de la moratoria, el blanqueo y los cambios en Bienes Personales.
La medida que se analiza
Además de la postergación de las ejecuciones fiscales y embargos hasta fin de 2024, en el Gobierno estarían evaluando otra medida: la posibilidad de modificar la fecha de corte que se estableció para la nueva moratoria.
Un pedido que lo encabezó el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires por medio de su presidenta Gabriela Russo con una carta dirigida a la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini que también llegó a la AFIP.
«Sería oportuna una adecuación normativa que extienda el lapso de las obligaciones comprendidas. La solicitud se funda en el entendimiento que la intensión del legislador al establecer la fecha límite el 31 de marzo de 2024 era la vigencia de esta norma para la primera etapa del año en curso, sin embargo, el trámite legislativo se extendió hasta finales del mes de junio», argumentaron.