Fuente: Clarín ~ Apuntan a identificar a los beneficiarios de políticas públicas orientadas a ese sector productivo del agro.
En el día de hoy, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación oficializó la creación del Registro de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) agroalimentarias con la finalidad de que puedan acceder a los beneficios de los instrumentos de políticas públicas diferenciales para su sector.
A través de la Resolución 28/2023 del Boletín Oficial, se estableció este nuevo registro que será administrado por la Subsecretaría de Fortalecimiento Productivo y Sustentable para Pequeños y Medianos Productores al que se considera «un elemento fundamental para la economía nacional y para un crecimiento federal con inclusión sostenible».
Por la importancia del sector, para el Gobierno «resulta necesario individualizar a sus actores a fin de elaborar políticas públicas de fomento de sus actividades» y, en ese sentido, el registro «será una herramienta que simplifique el acceso a los programas y acciones estatales orientadas al sector pequeño y mediano productor agroalimentario», se aduce.
El objetivo es otorgar los estímulos correctos de las políticas públicas sobre ese segmentos productivo «para un crecimiento económico con equidad, distribución del ingreso y la riqueza, que, en consecuencia, pueda traducirse en desarrollo económico y social», explica la Resolución.
De acuerdo a la Secretaría de Agricultura, la correcta identificación de los grupos de empresas «contribuye a que los programas públicos alcancen sus metas y, en consecuencia, se favorezca el desarrollo de las empresas», especialmente de las más pequeñas.
Los beneficiarios serán los sujetos económicos dedicados a cualquier actividad de producción primaria de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, de la cual obtengan como resultado un producto de origen animal, vegetal y/o fúngico. También serán considerados productores agroalimentarios quienes formen parte de las cadenas de valor de productos primarios y realicen un proceso de transformación y/o agregado de valor a la materia prima que recibe. así como los que fabriquen productos de origen biológico o biotecnológico que sirvan de insumos para la producción primaria.
En tanto, para ser considerada micro, pequeña y/o mediana empresa agroalimentaria y solicitar su incorporación al nuevo registro, la misma deberá estar inscripta en el Registro de Empresas MiPyMES, en la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía; en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA); en el Registro Nacional de Productores Apícolas (RENAPA); en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) o en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) o bien tener constancia vigente del registro o habilitación que corresponda a la actividad agroindustrial o por el tipo de producto, conforme normativa vigente.
Por otra parte, se deberá presentar la constancia de inscripción de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y presentar una declaración jurada (ver Anexo I).
Quien esté interesado en inscribirse, deberá hacerlo a través del Sistema de Trámites a Distancia (TAD) donde obtendrá el certificado correspondiente.
Cabe señalar que la inscripción en este registro no tiene vencimiento mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y las obligaciones que impone la norma.