Fuente: iProfesional – El secretario de Industria, Juan Pazo, adelantó que el Gobierno trabaja en el lanzamiento de un RIGI para las Pymes. Las claves
El secretario de Industria, Juan Pazo, adelantó que el Gobierno trabaja en el lanzamiento de un Régimen General de Incentivo a las Grandes Inversores (RIGI) para las pymes. Pazo precisó que el RIGI para Pymes va a ser foco en las inversiones «incrementales» y va a permitir la amortización acelerada.
«Estamos trabajando en un régimen de inversión productiva con amortización acelerada y un régimen especifico par el IVA», adelantó Pazo en una charla pública que mantuvo con el presidente de la Cámara Argentina del Acero (ACERO), Martín Berardi.
RIGI para Pymes: qué beneficios tendrá
El funcionario especificó que los beneficios que se prevén para las pymes que ingresen al RIGI «va a ser para inversiones incrementales» porque de ese modo se evitaría afectar los actuales ingresos fiscales del gobierno. También adelantó que uno de los sectores que pueden ser beneficiados por el RIGI para Pymes es el de maquinaria agrícola.
Pazo también aseguró «compartir el view» que tiene el sector siderúrgico respecto de la agenda para la industria argentina en particular y para el sector a nivel regional.
El RIGI actual está orientado a inversiones de mínimo de u$s200 millones, dejando afuera a las cadenas de proveedores. El secretario de Industria recordó que en su actividad privada proviene de la industria textil, y por ello comprende la realidad de las industrias, que en general, se muestran molestan por los incrementos de impuestos, sobre todo a nivel provincial y municipal.
¿Qué contempla el RIGI?
El Régimen ofrece un conjunto de incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios para que las grandes inversiones encuentren en Argentina un destino atractivo:
1. Beneficios impositivos:
- Impuesto a las Ganancias:
- Alícuota reducida del 25% para los Vehículos Titulares de un Único Proyecto (VPU).
- Amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura.
- Transferencia de quebrantos impositivos no absorbidos dentro de los primeros 5 años.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA):
- Devolución acelerada de saldos a favor en un plazo no mayor a tres meses.
- Pago del IVA a través de Certificados de Crédito Fiscal transferibles a terceros.
- Otros impuestos:
- Computar el 100% del impuesto sobre débitos y créditos bancarios como crédito en el Impuesto a las Ganancias.
2. Beneficios aduaneros:
- Exención de derechos de importación para bienes de capital, repuestos, partes e insumos.
- Exención de derechos de exportación durante los primeros tres años para proyectos adheridos al RIGI.
3. Beneficios cambiarios:
- Libre disponibilidad de divisas para exportaciones:
- 20% el primer año.
- 40% el segundo año.
- 100% a partir del tercer año.
- Divisas para financiamiento local o externo sin restricciones.
4. Estabilidad normativa:
- Estabilidad impositiva, aduanera y cambiaria durante 30 años.
- Garantía de no afectación por normativas más gravosas.