Fuente: Argentina.gob – El beneficio funciona mediante la emisión de un certificado electrónico de crédito fiscal, aplicable para la cancelación de impuestos nacionales. Los gastos de actividades de las capacitación abiertas se reconocerán desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
Empresas de todo el país ya pueden acceder a la nueva edición del programa Crédito Fiscal para Capacitación PyME, programa que impulsa el crecimiento económico y la competitividad de las empresas, a través del reintegro de hasta el 100% de los costos asociados. La inscripción estará abierta hasta el 31 de octubre y tendrán prioridad proyectos vinculados a la eficiencia energética, inteligencia artificial, marketing digital y otras temáticas estratégicas.
En el marco de la Ley 22.317 de 1980, y por medio de de la Resolución 107/2024, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento abrió la nueva convocatoria del programa de Crédito Fiscal para Capacitación PyME 2024, en el que podrán presentar sus proyectos MiPyMEs, cooperativas y grandes empresas que apunten a capacitar equipos de trabajo, grupos asociativos, emprendedores, cooperativas de trabajo, entre otros, y a promover las áreas de capacitación de instituciones intermedias y parques industriales.
El beneficio funciona mediante la emisión de un certificado electrónico de crédito fiscal, aplicable para la cancelación de impuestos nacionales, como Impuestos a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA), impuestos internos e impuestos aduaneros. El bono también se puede transferir a otra CUIT.
Esta edición presenta beneficios para mejorar los espacios de capacitación de instituciones de apoyo PyME y parques industriales, e incentivos a proyectos de capacitación, donde cada proyecto obtendrá un mayor puntaje y reintegro en función del área temática de la cual participe. El trámite es 100 % digital (a través de TAD y DNA2), gratuito y no requiere de gestores ni intermediarios.
Hay tres tipos de capacitaciones: abiertas, que abarcan actividades realizadas por universidades públicas, privadas y otras instituciones acreditadas; cerradas, diseñadas específicamente para las empresas solicitantes o beneficiarias; y asistidas, que son aquellas desarrolladas dentro de las instalaciones de las empresas a cargo de un Experto PyME.
Los gastos de actividades de las capacitación abiertas se reconocerán desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre de 2024, mientras que las actividades cerradas y asistidas podrán ejecutarse desde la pre-aprobación del proyecto y hasta 12 meses después de la misma. Se admiten capacitaciones presenciales o virtuales.
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